Existe el derecho de admisión
Para ejercerlo se recomienda a todos los establecimientos que redacten una hoja exponiendo los requisitos fundamentales para el acceso y permanencia en la misma.
Es perfectamente legal que cada empresa establezca un “régimen interno” unas condiciones, reconociéndose en la Ley de Turismo de Cantabria (artículos 20 y 24 de la misma).
Adjuntamos ejemplo y artículos 20 y 24 de la Ley de Turismo de Cantabria
Es indispensable comunicar el escrito a la Consejería de Presidencia según el artículo 39 de la Ley de Espectáculos de Cantabria para su validación.
Documento
Derecho de Admisión.docx
(14.48 KB)